Nuevo CTE 2019 ¿Cómo afecta a la climatización, calefacción y ACS?

El nuevo código técnico de la edificación publicado el 20 de diciembre de 2019 cambia la forma de entender la construcción de un edificio, el consumo total que esta tiene (mejor aislados) y los generadores que necesita.

El objetivo es tratar de construir edificios de consumo casi nulo o Passivhaus, para reducir el consumo de energía y contaminar lo menos posible.

Y ¿Cómo afecta esto a los sistemas de calefacción, climatización y agua caliente?

Pues como se verá a continuación, ahora se limita tanto el consumo anual del edificio, como el porcentaje máximo de energía no renovable (no superior al 50% de la generación); además de que la producción de agua caliente sanitaria será en un 60% debe ser renovable (70% si la producción es mayor a 5.000 l/día).
Límites de energía consumida, generación no renovable y ACS para el nuevo CTE 2019

¿Cuándo y qué tipo de edificios se verán afectados por el nuevo CTE 2019?

A partir de 28 de junio de 2020, todo proyecto con licencia de obras después de esta fecha deberá cumplir el nuevo CTE 2019.

Será de obligado cumplimiento para todas las obras nuevas y para intervenciones de edificios existentes en los que se proyecten ampliaciones mayores al 10% de la superficie o volumen construido (siendo una superficie ampliada mayor a 50 m2), a edificios de cambio de uso (con una superficie mayor a 50 m2) y en reformas que renueven a la vez las instalaciones térmicas y más de un 25% de la superficie de la envolvente.

Límite de energía consumida y máximo no renovable

En el apartado “DB HE0: Limitación del consumo energético” se delimita tanto el consumo anual [kWh/m2año] de energía no renovable como el total, en función de la zona climática de invierno (y para uso no residencial privado además se tendrá en cuenta la carga de ocupación). Como máximo el 50% de la energía total consumida será no renovable.

Limitación del consumo de energía primaria total

Limitación del consumo de energía primaria no renovable

Generación renovable mínima para ACS

El apartado “DB HE 4 Contribución mínima de energía renovable para cubrir la demanda de agua caliente sanitaria” establece los límites de generación renovable (no solo solar térmica) para agua caliente sanitaria (ACS) y climatización de piscinas, que será idéntica para todo el país.

La contribución mínima es del 70% de la demanda energética anual (incluyendo las pérdidas térmicas por distribución, acumulación y recirculación) y en demandas de ACS inferiores a 5.000 l/d el porcentaje se reduce al 60%.

NOTA: a una temperatura de suministro 60°C.

Se permite el uso de bomba de calor para la producción sanitaria, pero para considerarla renovable, debe tener un valor de rendimiento medio estacional (SCOPdhw) superior a 2,5 cuando utilicen directamente electricidad o superior a 1,15 al ser accionadas por energía térmica. El valor obtenido de SCOPdhw estará calculado para una temperatura no inferior a 45°C.

La contribución renovable podrá sustituirse por energía residual de otras máquinas siempre que sea útil y efectivo para ACS.

Diseño de edificio de consumo mínimo

El apartado “DB HE1: Condiciones para el control de la demanda energética” limita la transmitancia térmica U [W/m²K] de cada elemento de la envolvente, establece un coeficiente global de transmisión de calor K, controla la máxima permeabilidad de los huecos, limita la cantidad de radiación incidente en verano (con el buen diseño o dispositivos móviles) y minimiza la presencia de condensaciones.

Por lo tanto, cuanto mejor sean los elementos constructivos y el diseño en general; menos consumo energético y menos limitaciones habrá a la hora de elegir las instalaciones térmicas.

En resumen

La elección de los sistemas de refrigeración, calefacción y ACS van a depender del uso del edificio, la zona climática donde se encuentra, las fuentes renovables disponibles (paneles solares térmicos y FV, aerotermia, biomasa…), el espacio disponible, etc.

Por lo tanto, se deberá estudiar en cada caso qué tipo de máquinas y mix con renovables se va a necesitar y cumplir así con el mínimo renovable y no sobrepasar el consumo máximo anual que establece el nuevo código técnico de la edificación 2019.

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